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Multa por no presentar el aviso de socios con actualización en la estructura de la persona moral

Recientemente se venció el plazo para efectuar la presentación del aviso de socios o accionistas cuando existe alguna incorporación o bien, dejó de formar parte uno de estos últimos de la empresa, el plazo que estableció el SAT para enviar dichas modificaciones fue el día 30 de Junio del 2020.


Referente a lo anterior existe una multa que se impone por la Autoridad en caso de que no se haya presentado dicho aviso la cual oscila entre los $4,200 a $8,390 pesos.

Ahora bien si no se ha efectuado requerimiento por parte de la Autoridad el aviso correspondiente se puede presentar de manera espontánea y con ello no se incurre en sanción alguna.


Cabe mencionar que otra importante sanción que puede realizar la Autoridad por la no presentación de dicho aviso es dejar sin efectos el certificado de sello digital que tengan activos el contribuyente.

Fundamento legal: artículo 73 y 80 fracción II del Código Fiscal de la Federación.



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